miércoles, 7 de marzo de 2012

Gestión de la Prevención en la Empresa

La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales exige un planteamiento de la Prevención en la empresa. Se ha de dejar de actuar cuando ya se han producido daños a la salud de los trabajadores y pasar a actuar antes que se hayan producido tales daños. Esta forma activa de actuación se basa, a grandes rasgos, en:
Evaluar los riesgos inherentes al trabajo.
Tomar las medidas precisas para eliminar o reducir los riesgos, planificando la actividad preventiva.
Controlar periódicamente las condiciones de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.



La gestión de la actividad preventiva supone un conjunto de acciones que podemos agrupar en dos grandes bloques:

1.- La definición e implantación de un Sistema de Gestión de la Prevención, mediante el cual la empresa establece la estructura organizativa, define las funciones, las prácticas preventivas y los procedimientos de gestión.

2.-La asignación de los Recursos Humanos y Materiales necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas. Estos recursos, dependiendo del número de trabajadores y de las actividades de la empresa, pueden variar, desde la asunción por el empresario de la actividad preventiva, hasta la designación de trabajadores, la constitución de un servicio de prevención propio o la contratación de un servicio de prevención externo.

El modelo activo de prevención que la Ley de PRL propone, obliga a ir por delante de los problemas. Para ello, hay que:
Planificar la prevención desde el momento mismo del diseño empresarial
Evaluar los riesgos, actualizando la evaluación periódicamente cuando cambien las circunstancias.
Adoptar un conjunto de acciones preventivas para eliminar y/o controlar los riesgos que se hayan detectado.
Controlar la eficacia de las medidas preventivas adoptadas.
Integrar la acción preventiva en la gestión de la empresa.
Informar a los trabajadores sobre los riesgos que comporta su trabajo.
Formar a los trabajadores en materia preventiva.
Establecer una vigilancia adecuada de la salud de los trabajadores.
Desarrollar actuaciones ante situaciones de emergencia.

Y todas estas actuaciones no se realizarán sin que:
La dirección sea consciente de sus responsabilidades y obligaciones.
Se establezca y mantenga un sistema de gestión de la prevención.
Se asignen los recursos humanos y materiales precisos.

sábado, 3 de marzo de 2012

¿Qué haría usted para crear empleo?

Este ha sido el título de la primera encuesta que se ha realizado en este blog, en el que durante un mes, concretamente hasta el 29 de febrero, ha estado activa: "¿Qué haría usted para crear empleo?".

Las opciones eran claras, una destinada a la disminución del coste empresarial por despido (Indemnización unica de 33 días de salario y según el tiempo trabajo); otra la de dar financiación a la empresas (Exigir  a las entidades bancarias que ofrezcan lineas de crédito para la contratación); otro item es la de disminuir los costes sociales (Disminución de los costes sociales) y la última hacía referencia a una implicación del Estado en materia de contratación ligada a los costes sociales (Mayores bonificaciones y subvenciones a la contratación)

Y aquí están los resultados:


Con esta encuesta y sobre 15 personas que han votado, no tiene un rango científico ni valor cuantitativo ni cualificativo, pero he podido comprobar como gana con un amplio margen de diferencia sobre el resto de la opciones la de "Mayores bonificaciones y subvenciones a la contratación".


Ha sido gratificante el comprobar que 15 personas se han preocupado de pinchar en la opción que mas le gustaba o que pensaban que sería mejor para fomentar el empleo, la contratación.


Desde aquí, muchas gracias a esas 15 personas.